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Fines y objetivos De
acuerdo con el artículo 2 de sus Estatutos, sus fines
son:
a) Potenciar el reconocimiento social y
profesional de las educadoras y los educadores sociales y
de la Educación Social.
b) Promover y cooperar en el desarrollo
del asociacionismo profesional en el ámbito autonómico,
estatal e internacional.
c) Servir de lugar de encuentro de las
distintas realidades asociativas de la profesión en todo
el ámbito estatal.
d) Cooperar en la creación en todas la
Comunidades Autónomas de Colegios Profesionales:
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En que las condiciones de
colegiación de las educadoras y educadores
sociales sean como mínimo equivalentes a las que
ha desarrollado la ley catalana de creación del
CEESC.
-
Que faciliten la libre
circulación de las educadoras y educadores
sociales de una comunidad a otra y que puedan
desarrollar su actividad profesional sin más
limitaciones que las establecidas legalmente.
-
Con el compromiso de que el
montante económico que suponga la habilitación
en un Colegio autonómico de educadoras y
educadores sociales de otras autonomías revierta
a la presente asociación, para financiar la
consecución de fines estatutarios.
e) Fomentar el estudio, la
investigación y formación respecto a las materias que
afecten al ejercicio profesional y a la Educación Social
para adecuar este ejercicio a las necesidades e intereses
de la ciudadanía.
f) Trabajar por la consecución de la
norma jurídica que permita realizar un proceso de
homologación con la Diplomatura de Educación Social a
los educadores y educadoras sociales que han cursado
formaciones específicas de tres años de duración,
orientados a la formación del Educador Social en algunas
de las escuelas creadas específicamente con esa
finalidad, con anterioridad a la inclusión de dichos
estudios o en los actuales estudios universitarios de la
Educación Social.
g) Trabajar para la consecución de
planes de estudio específicos para que los
profesionales, educadoras y educadores sociales obtengan
la Diplomatura de Educación Social.

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