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El código de los Educadores y Educadoras Sociales en la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO)

Autoría:

Rafel López Zaguirre. Consejo General de Colegios de Educadoras y Educadores Sociales (CGCEES)

El proceso.

A mediados de julio de 2009, la Comisión Permanente de Consejo General de Colegios de Educadoras y Educadores Sociales abordó la cuestión del código identificativo de Educador Social, en la Clasificación Nacional de Ocupaciones-2010, a petición del Colegio Profesional de Educadores Sociales de Andalucía, atendiendo al hecho de que en aquél momento nuestra ubicación como profesión-ocupación en la CON-1994,[1] se nos clasificaba de dos formas:

a) Con el código identificativo 3531.001.1, según el listado de ocupaciones:

3-F: Técnicos y Profesionales de apoyo

353 : Profesionales de apoyo de promoción social

3531: Educadores Sociales. 

b) Con el código 2931, en el siguiente otro epígrafe:

2: Técnicos y Profesionales científicos e intelectuales

E: Profesiones asociadas a un título de primer ciclo universitario y afines

2931: Diplomados en Educación Social

La propuesta presentada por CoPESA fue incluir el Educador/a Social en el código CNO 2624 Profesionales del trabajo social dentro de los Profesionales en Ciencias Sociales y Teología, aunque no aparecía el Educador/a Social con una denominación propia. Se creía necesario eliminar la dualidad en beneficio de nuestra profesión, y en virtud de toda la normativa vigente.

Al analizar la petición y la documentación, la Comisión Permanente se propuso trabajar en la línea de:

  1. Modificar la terminología del grupo de códigos CNO 22 Profesionales de la enseñanza por 22 Profesionales de la Educación, entendiendo que en dicho grupo no sólo aparecen profesionales de la enseñanza si no que aparecen profesionales de la educación en general, por ejemplo “2271 Especialistas en métodos didácticos y pedagógicos”
  2. Incluir un código 228 Educadores Sociales, así como su desglose en un código 2281 Educadores Sociales, entendiendo que lo que identifica a estos profesionales es su labor educativa. 
  3. Suprimir la propuesta del CNO donde ubica los educadores sociales en el código 3412 Educadores sociales, dentro del grupo 34 Profesionales de apoyo de servicios jurídicos, sociales, culturales, deportivos y afines.[2]

 

Acciones

La argumentación era que nuestra profesión, tal y como definen todos nuestros documentos profesionalizadores, es una profesión educativa que obviamente tiene su vertiente social pero, se entendía que lo que define la profesión claramente es lo educativo.

Atendiendo al hecho que el proceso a seguir debía ser muy rápido, el 31 de julio de 2009 finalizaba el plazo de presentación de enmiendas, se propuso:

  1. Consulta a toda la junta sobre el posicionamiento, con urgencia. En caso de que haya acuerdo a esta propuesta, 
  2. Tramitar al Instituto Nacional de Estadística (INE) la propuesta del Consejo General sobre la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO-2010), que queda recogida en el Anexo 1.

El proceso no fue tan rápido, finalizó a finales de octubre de 2009 y la propuesta final que se presentó, después de los acuerdos de trabajo internos y del trabajo con el Instituto Nacional de Estadística, Subdirección de Estandarización y Formación, Área de Nomenclaturas, es la que en el punto siguiente podrá leerse.

Finalmente, se publicó el CON-2011, mediante el Real Decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011.[3]

En dicho Decreto las y los profesionales de la educación social aparecen en el código CNO 2824 Profesionales del trabajo y la educación social, dentro del gran grupo 28 Profesionales en ciencias sociales.

Por otra parte se mantuvo, aunque con una denominación diferente y pensado para las y los técnicos en integración social el código 3713 Profesionales de apoyo al trabajo y a la educación social, dentro del gran grupo 37 Profesionales de apoyo de servicios jurídicos, sociales, culturales, deportivos y afines.

En enero de 2012 se publicaron dos documentos muy importantes: una introducción al CON-11[4] y una nota explicativa sobre el CNO-11.[5]

En ésta última de definían todos y cada uno de los códigos nacionales. En concreto del 2824, la publicación decía:

2824 Profesionales del trabajo y la educación social

Los profesionales del trabajo y la educación social prestan asesoramiento y orientación a personas, familias, grupos, comunidades y organizaciones en respuesta a dificultades personales y sociales. Ayudan a las personas a desarrollar habilidades y a acceder a los recursos y los servicios de apoyo que necesitan para dar respuesta a los problemas vinculados al desempleo, la pobreza, las discapacidades, las adicciones, los comportamientos delictivos y a las circunstancias conyugales o de otros tipos.

Entre sus tareas se incluyen:

  • realizar entrevistas a los usuarios, individualmente, en familias o en grupos para evaluar su situación y determinar los tipos de servicios que precisan; 
  • analizar la situación en que se hallan las personas y sugerir distintas opciones acerca de la manera en que pueda resolver sus problemas; 
  • reunir antecedentes e informes para su presentación ante los tribunales u otras instancias legales; 
  • prestar asesoramiento y servicios terapéuticos y de mediación y facilitar la asistencia a sesiones de grupo para ayudar a las personas a desarrollar las habilidades personales que necesitan para abordar y resolver sus problemas personales y sociales; 
  • planificar y aplicar programas de asistencia a las personas que incluyan la intervención en casos de crisis y la remisión a entidades que presten ayuda financiera, asistencia jurídica, servicios de vivienda, tratamiento médico y otro tipo de servicios; 
  • investigar los casos de malos tratos o de abandono y adoptar medidas para proteger a los niños y a las demás personas en riesgo; 
  • trabajar con quienes han infringido la ley durante los procesos judiciales y una vez dictada la sentencia, y ayudarles a integrarse en la comunidad y a cambiar sus actitudes y comportamientos para reducir la comisión de infracciones futuras; 
  • asesorar a las autoridades penitenciarias y a los servicios responsables de la libertad condicional y la libertad vigilada para determinar si procede mantener en prisión a los condenados, liberarles o someterles a otras medidas correctivas y, en su caso, en qué condiciones; 
  • actuar en la comunidad en defensa de colectivos y ejercer presión para solucionar los problemas que les afectan; 
  • elaborar programas de prevención y de intervención para satisfacer necesidades de la comunidad; 
  • mantener contactos con otras entidades de servicios sociales, centros de enseñanza y servicios sanitarios, para facilitarles y obtener información sobre la situación general y los progresos de las personas.

Ejemplos de ocupaciones incluidas en este grupo primario

  • Trabajadores sociales
  • Asistentes sociales
  • Educadores sociales
  • Educadores de familia
  • Orientadores sociolaborales
  • Agentes de desarrollo local

Ocupaciones afines no incluidas en este grupo primario

  • Psicólogos, 2823
  • Agentes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, 2825
  • Técnicos de apoyo al desarrollo local, 3713
  • Promotores de igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, 3714
  • Integradores sociales, 3713

Anexo 1:

PROPUESTA DE CÓDIGO CNO10 PARA LAS Y LOS EDUCADORES SOCIALES

1. EL CÓDIGO DEL CIUO08.[6]

A la vista de los grupos de clasificación del Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones de 2008 (CIUO08), el grupo donde los educadores sociales, de acuerdo con la decisión de la asamblea del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales, deberían estar es el “2635 Social work and counselling professionals”.

La descripción de tareas correspondiente a este código es:

Tasks include –

 (a) interviewing clients individually, in families, or in groups, to assess their situation and problems and determine the types of services required;

(b) analyzing the client’s situation and presenting alternative approaches to resolving problems;

(c) compiling case records or reports for courts and other legal proceedings;

(d) providing counselling, therapy and mediation services and facilitating group sessions to assist clients to develop skills and insights needed to deal with and resolve their social and personal problems;

(e) planning and implementing programs of assistance for clients including crisis intervention and referral to agencies that provide financial assistance, legal aid, housing, medical treatment and other services;

(f) investigating cases of abuse or neglect and taking action to protect children and other at risk persons;

(g) working with offenders during and after sentence, to help them to integrate into the community and to change attitudes and behaviour in order to reduce further offending;

(h) providing advice to prison governors and to probation and parole review boards that help determine whether, and under what conditions, an offender should be incarcerated, released from prison or undergo alternative correctional measures;

(i) acting as advocates for client groups in the community and lobbying for solutions to problems affecting them;

(j) developing prevention and intervention programs to meet community needs;

(k) maintaining contact with other social service agencies, educational institurions and health care providers involved with clients to provide information and obtain feedback on clients’ overall situation and progress.

              Examples of the occupations classified here:

              – Addictions counsellor

              – Bereavement counsellor

              – Child and youth counsellor

              – Family counsellor

              – Marriage counsellor

              – Parole officer

              – Probation officer

              – Social worker

              – Women’s welfare organizer

               Some related occupations classified elsewhere:

              – Welfare worker – 3412

Todas las tareas que se describen, de la (a) a la (k), son propias de los educadores sociales, tal y como puede verse en los puntos 3 y 4 de este documento.

2.  LA CORRESPONDENCIA CON LA PROPUESTA DE BORRADOR DE CNO10

A la luz del borrador que se está trabajando por parte del INE para la elaboración del CNO10, el código que correspondería sería el “2624 Profesionales del trabajo social”.

A nuestro parecer solicitamos que la denominación del epígrafe de dicho grupo se substituya por “2624 Educadores sociales, Trabajadores sociales y afines”, entendiendo la suficiente entidad que ambos colectivos profesionales tienen para aparecer dentro del título del código.

3. EL EDUCADOR SOCIAL.[7]

El Educador Social es un profesional que actúa en los campos de, según el Real Decreto 1420/1991 de establecimiento de la titulación universitaria oficial de diplomado en Educación Social:

  • la educación no formal 
  • la educación de personas adultas (incluidos la tercera edad) 
  • la inserción social de personas con dificultades 
  • la acción sociocultural y socioeducativa

Con unos educandos destinatarios de su actuación: individuos, grupos, colectivos específicos y sectores de población, las características de los cuales vendrán determinadas por los ámbitos de intervención y la conjunción de diversos factores, por ejemplo:

  • por su edad: infancia en riesgo social, adolescentes o jóvenes de un determinado barrio, preparación de adultos alrededor de la jubilación… 
  • por lo que se refiere al sexo: intervención con mujeres maltratadas, prisiones de hombres… 
  • por la situación laboral: personas con dificultad de inserción laboral… 
  • con relación al nivel educativo y cultural: programas de superación del analfabetismo, inadaptación al sistema escolar… 
  • con relación a dificultades de socialización por la presencia de factores físicos, psíquicos, sociales o culturales: personas con discapacidad física, psíquica o sensorial; enfermos de larga duración, crónicos o terminales; personas en riesgo social; personas en conflicto social; minorías étnicas; toxicomanías; transeúntes… 
  • con relación al origen y formación de los individuos grupos o colectivos destinatarios: ocasionales de vacaciones, colectivos profesionales o de estudiantes; asociaciones diversas, grupos ocasionales o informales; por su residencia y ubicación en barrios determinados, ambientes rurales …

Con el objetivo de ayudar en el proceso de socialización y de desarrollo personal a los destinatarios de su intervención:

  • prevenir y compensar dificultades de estructuración de la personalidad e inadaptaciones sociales 
  • favorecer la autonomía de las personas 
  • desarrollar actividades con una finalidad educativa, cultural, lúdica… 
  • potenciar la búsqueda de la información y comprensión en y del entorno social 
  • desarrollar el espíritu crítico y la capacidad de compresión y análisis de la realidad sociopolítica 
  • favorecer la participación de los grupos e individuos 
  • favorecer la mejora de las competencias y aptitudes de los individuos 
  • favorecer el cambio y transformación social 
  • favorecer el desarrollo sociocultural, sociolaboral, institucional y comunitario 
  • contribuir a la creación y consolidación del tejido social y asociativo

4. FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LA EDUCADORA Y EL EDUCADOR SOCIAL.[8]

Las Funciones Profesionales son aquellas que se comprenden dentro del campo de responsabilidad del Educador Social en una institución o marco de actuación definido, y que se encuentran en relación directa con las acciones y actividades correspondientes a los niveles formativos de estudio universitario y/o asumido por formación o experiencia.

Dichas acciones y actividades se engloban atendiendo al nivel de particularidad y especificidad del profesional que las pone en marcha, las sostiene y da cuenta de ellas.

Estas funciones están caracterizadas por responsabilidades acogedoras y delimitadoras.

Acogedoras porque están orientadas a incluir en nuestro espacio de interacción a personas y/o colectivos con pleno reconocimiento como sujetos de la educación, para promover procesos de cambio que posibiliten su desarrollo cultural y/o educativo.

Delimitadoras porque están orientadas a establecer acuerdos, compromisos y limites con colectivos y/o personas que enmarquen la acción educativa en una finalidad socializadora.

Miradas

Podrá observarse que las tres primeras señalan, de acuerdo con nuestra definición de Educación Social, lo nuclear de la práctica socioeducativa, de forma que se particulariza, al tiempo que diferencia, el trabajo del Educador/a social del de otros profesionales. Estas se corresponden con campos de responsabilidad que dan cuenta de nuestras formas de llevar a cabo la práctica y son sistematizadas y planificadas bajo criterios que permiten diseñar, planificar, llevar a cabo y evaluar proyectos educativos.

El resto de funciones se derivan de responsabilidades que pueden ser compartidas con otros profesionales. Quizás cambien las visiones y orientaciones a la hora de su despliegue, pero, en cualquier caso, son innegables las coincidencias de responsabilidades y tareas en los llamados equipos multiprofesionales.

4.1. Transmisión, desarrollo y promoción de la cultura

Campo de responsabilidad correspondiente a las acciones y actividades relacionadas con lo cultural en general y con finalidades tendentes a su recreación, puesta a disposición, aprendizajes a realizar y/o procesos de transmisión y adquisición en forma de bienes culturales que pueden configurarse en diferentes áreas de contenidos.

Campo de responsabilidad correspondiente a las acciones y actividades relacionadas con lo cultural en general y que persiguen finalidades relacionadas con los aprendizajes sociales y la formación permanente de los individuos, así como su recreación y promoción en/desde los grupos, colectivos y comunidades.

Competencias asociadas a esta función:

  • Saber reconocer los bienes culturales de valor social (bienes de valor social entendidos en la línea propuesta por el informe de la UNESCO «La educación encierra un tesoro»: ético y cultural artístico/científico/tecnológico y económico/ social). 
  • Dominio de las metodologías educativas y de formación. 
  • Dominio de las metodologías de asesoramiento y orientación. 
  • Capacidad para particularizar las formas de transmisión cultural a la singularidad de los sujetos de la educación (sujetos de la educación se refiere a los individuos, grupos o comunidades que intervienen en la acción socioeducativa). 
  • Dominio de las metodologías de dinamización social y cultural. 
  • Capacidad para la difusión y la gestión participativa de la cultura.

4.2. Generación de redes sociales, contextos, procesos y recursos educativos y sociales

Campo de responsabilidad que hace referencia a las acciones y actividades intencionadas que favorecen la aparición y consolidación de espacios y tiempos educativos, es decir, de situaciones favorecedoras de procesos individuales y grupales relacionados con las posibilidades de una mejora personal o social en los diferentes contextos sociales.

Competencias asociadas a esta función:

  • Pericia para identificar los diversos lugares que generan y posibilitan un desarrollo de la sociabilidad, la circulación social y la promoción social y cultural. 
  • Conocimiento y destreza para crear y promover redes entre individuos, colectivos e instituciones. 
  • Capacidad para potenciar las relaciones interpersonales y de los grupos sociales. 
  • Capacidad de crear y establecer marcos posibilitadores de relación educativa particularizados. 
  • Saber construir herramientas e instrumentos para enriquecer y mejorar los procesos educativos. 
  • Destreza para la puesta en marcha de procesos de dinamización social y cultural (desarrollo cultural de las comunidades y los colectivos).

4.3. Mediación social, cultural y educativa

Es el campo de responsabilidad que atiende al conjunto de acciones desarrolladas para enriquecer los procesos educativos individuales o colectivos a partir de acompañamientos, orientaciones y derivaciones que propician nuevos encuentros con elementos culturales, con otras personas o grupos y con otros lugares. La intención es facilitar las relaciones interpersonales, minimizar las situaciones de conflicto y propiciar nuevos itinerarios para el desarrollo personal, social y cultural.

Competencias asociadas a esta función:

  • Conocimientos teóricos y metodológicos sobre mediación en sus diferentes acepciones. 
  • Destreza para reconocer los contenidos culturales, lugares, individuos o grupos a poner en relación. 
  • Dar a conocer los pasos o herramientas de los procesos en la propia práctica. 
  • Saber poner en relación los contenidos, individuos, colectivos e instituciones.

4.4. Conocimiento, análisis e investigación de los contextos sociales y educativos

Campo de responsabilidad que hace referencia a la investigación y conocimiento de las dinámicas institucionales y los contextos sociales en sus dimensiones macro, meso y micro relacionados con el desarrollo de un sujeto de derecho.

Competencias asociadas a esta función:

  • Capacidad para detectar las necesidades educativas de un contexto determinado. 
  • Dominio de los planes de desarrollo de la comunidad y desarrollo local. 
  • Dominio de métodos, estrategias y técnicas de análisis de contexto socioeducativos. 
  • Pericia para discriminar las posibles respuestas educativas a necesidades, diferenciándolas de otros tipos de respuestas posibles (asistenciales, sanitarias, terapéuticas, etc.). 
  • Conocimiento y aplicación de los diversos marcos legislativos que posibilitan, orientan y legitiman las acciones del Educador y la Educadora Social. 
  • Capacidad de análisis y evaluación del medio social y educativo (análisis de la realidad). 
  • Conocimiento de las diferentes políticas sociales, educativas y culturales.

4.5. Diseño, implementación y evaluación de programas y proyectos educativos

Campo de responsabilidad que hace referencia a acciones, actividades y tareas tanto en instituciones como con programas, proyectos y actividades.

Competencias asociadas a esta función:

  • Capacidad para formalizar los documentos básicos que regulan la acción socioeducativa: proyecto de centro, reglamento de régimen interno, plan de trabajo, proyecto educativo individualizado y otros informes socioeducativos. 
  • Dominio de técnicas de planificación, programación y diseño de programas y/o acciones docentes. 
  • Capacidad de poner en marcha planes, programas, y/o proyectos educativos y acciones docentes. 
  • Conocimiento de las diversas técnicas métodos de evaluación.

4.6. Gestión, dirección, coordinación y organización de instituciones y recursos educativos

Campo de responsabilidad que comprende acciones y actividades relacionadas con una finalidad socioeducativa.

Competencias asociadas a esta función:

  • Dominar los distintos modelos, técnicas y estrategias de dirección de programas, equipamientos y recursos humanos. 
  • Capacidad para formalizar los documentos básicos que regulan la acción socioeducativa: proyecto de centro, reglamento de régimen interno, plan de trabajo, proyecto educativo individualizado y otros informes socioeducativos. 
  • Dominio de técnicas de planificación, programación y diseño de programas y/o proyectos. 
  • Capacidad de poner en marcha planes, programas, y/o proyectos educativos y acciones docentes. 
  • Destreza en gestión de proyectos, programas, centros y recursos educativos. 
  • Capacidad para la organización y gestión educativa de entidades e instituciones de carácter social y/o educativo. 
  • Capacidad de supervisar el servicio ofrecido respecto a los objetivos marcados. 
  • Dominio en técnicas y estrategias de difusión de los proyectos.
     

Miradas

5. ÁMBITOS DE TRABAJO DE LA EDUCADORA Y EL EDUCADOR SOCIAL

Servicios Sociales de Base o Atención Primaria

1. Servicios Sociales de base. Educador de calle

2. Otros

Infancia, adolescencia y juventud

3. Equipos de Atención a la infancia y a la adolescencia, Delegado de Atención a la infancia), Servicios Sociales especializados en infancia y juventud

4. Centro Abierto

5. Centro de Acogida

6. Centro Residencial de Acción Educativa

7. Aulas Taller (Formación Ocupacional de Adolescentes y jóvenes)

8. Servicios de Integración familiar (acogidas familiares)

9. Centro Educativo de Justicia Juvenil

10. Centro penitenciario de jóvenes

11. Seguimiento de jóvenes en conflicto social en medio abierto. Delegado de asistencia al menor

13. Residencias juveniles y de estudiantes

14. Otros

Adultos y tercera edad

15. Centro de tercera edad

16. Centro de día para la tercera edad

17. Hogar – residencia para la tercera edad

18. Escuela de adultos

19. Centros de formación ocupacional

20. Centro penitenciario (abierto y cerrado)

21. Otros

Toxicomanías

22. Servicios de orientación y diagnóstico para toxicómanos

23. Centro urbano de reinserción. Centro de día

24. Centro residencial de atención a toxicómanos. Comunidad terapéutica

25. Otros

Discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales

26. Equipo de valoración y orientación

27. Unidad de tratamiento y estimulación precoz.

28. Centro de atención especializada (Centro de día)

29. Centro ocupacional para personas con discapacidad

30. Hogar – Residencia (con autonomía)

31. Residencias para personas con discapacidades graves

32. Servicio de transporte para personas con discapacidades

33. Servicio de apoyo a la integración laboral

34. Otros

Salud

35. Hospitales generales

36. Hospitales infantiles

37. Centros psiquiátricos residenciales

38. Centros de salud mental

39. Otros

Animación sociocultural / Ocio

40. Centro cívico infantil

41. Centros de Ocio, clubs infantiles y juveniles, y agrupaciones, federaciones o asociaciones

42. Servicios y casas de colonias

43. Albergues de juventud

44. Granja – escuela, escuela de natura

45. Centro Cívico

46. Ludoteca

47. Puntos de información juvenil

48. Centros de cultura. Ateneos

49. Escuelas de formación de monitores.

50. Bibliotecas y museos. Departamentos de animación y educación

51. Asociaciones ciudadanas

52. Otros

Otros Ámbitos

53. Minorías Étnicas

54. Servicio de comedor

55. Centro de acogida para mujeres

56. Centro de acogida de transeúntes, albergues,…

57. Centros educativos de primaria, secundaria y especial

58. Programas de educación viaria y ambiental

59. Otros

[1] Real Decreto 917/1994 de 6 de Mayo, BOE 126 de 27 de Mayo, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CON-94), págs. 16626-16637. En línea en: enlace

[2] Los códigos iniciados en 2 correspondían a diplomados/a universitarios, mientras que los que empezaban por 3 eran para titulados en formación profesional de grado superior, de ahí la petición de suprimir nuestra aparición en el grupo 3412

[6] Ver enlace

[7] Este punto está extraído de un documento elaborado en 1997 por el Col·legi d’Educadores i Educadors Socials de Catalunya y utilizado en los posteriores procesos de creación de colegios profesionales

[8] Este apartado forma parte de los “Documentos profesionalizadores” del colectivo profesional y está aprobado desde el 2007 y es propiedad del Consejo General de Colegios de Educadoras y Educadores Sociales. Consultable en enlace