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Otra formación policial es posible: La congruencia del “sentido común”

Autoría:

Jordi Martínez, Estudiante del Grado en Educación Social de la UOC

Un grupo de trabajo del CEESC se dedica a reflexionar para encontrar los puntos de unión entre la Educación Social y la Seguridad ciudadana [1]

Aunque podemos decir que “el sentido común es el menos común de los sentidos”, resulta imprescindible para dar una respuesta adecuada a la mayoría de los conflictos sociales en los que interviene la Policía de Cataluña teniendo en cuenta que el 66% de las actuaciones son de carácter asistencial. El sentido común parte de la experiencia colectiva y se aplica según las creencias populares consideradas justas para resolver problemáticas con sintonía a la vida. De hecho, cualquier agente de policía puede dar fe de que es una de las palabras más repetidas como pauta práctica y resolutiva de conflictos durante su instrucción. Pero, ¿es posible que el agente policial aplique “el sentido común” que dispone de una formación orientada, mayoritariamente, para ejercer tareas represivas?

Según los datos facilitados por el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña referente al Curso de Formación Básica para policías, y posteriormente analizadas en el Trabajo de Fin de Grado que presenté en junio de 2017, el 83% de la formación es de temática jurídica, procedimental y de defensa personal. De este modo, el sentido común queda sujeto al marco restrictivo y protocolario de las leyes sin contar con los procedimientos internos de la policía, dejando poco margen al análisis de las causas que motivan las actuaciones policiales más habituales.

Desde el Colegio de Educadoras y Educadores Sociales de Cataluña (CEESC) se ha creado un grupo de trabajo para analizar la formación que reciben los cuerpos policiales. En este sentido, la introducción de saberes disciplinarios vinculados con la educación social puede ofrecer una perspectiva fundamentada en la ética, la pedagogía y el análisis crítico a la hora de atender las problemáticas y necesidades sociales que, demasiado a menudo, son objeto de la intervención policial. Gran parte de los conflictos sociales que atienden a los cuerpos policiales merecerían otros tipos de actuaciones, sobre todo de carácter socioeducativo. En concreto, hablamos de focalizar la atención en la raíz del problema para dar una solución íntegra y cualitativa a la demanda social mediante técnicas alternativas de resolución de conflictos a fin de evitar las actuaciones más represivas. Esta nueva perspectiva posibilita la integración y el desarrollo social de colectivos de población muy diversa aplicando la lógica del razonamiento y el juicio de la justicia, que son, en definitiva, características propias del “sentido común”.

Por un lado, somos conscientes de que habrá situaciones minoritarias que requerirán la aplicación estricta de la ley y una actuación contundente de la fuerza policial. Nos referimos a actuaciones donde la integridad física del ciudadano, del mismo policía o la de terceras personas está, momentáneamente, en peligro, tales como incidentes con armas de fuego, armas blancas o violencias extremas. Este hecho lo consideramos del todo justificado dado que se prioriza aquel bien que, sin él, resultaría imposible la acción de reconducción y de ayuda social, que es “la vida” y su lesión.

Por otro, no dejamos de entender el sentido común como la base piramidal de toda intervención policial. Además, es una característica humana, compartida y de principios universales que antepone las convicciones personales a los profesionales sin causar necesariamente ningún perjuicio. Las decisiones son aceptadas por la comunidad cuando son compartidas por la mayoría de los ciudadanos, independientemente de lo que dicte la normativa. El acercamiento a la verdad, así como la ayuda que se espera por parte de la ciudadanía ante los conflictos sociales, no vendrán descritas con la aplicación protocolaria de la ley sino de visiones regidas por la prudencia y el valor humano.

Así pues, teniendo en cuenta las complejas necesidades sociales que esconden la mayoría de las problemáticas atendidas por la Policía de Cataluña, creemos en el “sentido común” como la única facultad reguladora para fundamentar todo juicio y dar una respuesta de justicia social sin caer en el escepticismo o el dogmatismo. Una respuesta incisiva, pragmática y cargada de sentimiento que es actualmente inaplicable por parte del agente policial sin una formación socioeducativa que equilibre el exceso de instrucción represiva de su formación. En definitiva, apostamos por una nueva manera de posicionarse ante la realidad social convencidos de que otra manera de ejercer el trabajo policial no es sólo posible, sino también más eficiente.

Bibliografía y webgrafía

Anglès, M. (s.d.). Sentit comú i vida pràctica: Un esclariment de la multiplicitat significativa de la noció “sentit comú”. Disponible en: enlace

ASEDES. (2007). Documentos profesionalizadores. Barcelona: Asociación Estatal de Entitades de Educación Social.

Boó, E., Haba, C., Martínez, J. A., Silva, D. i Entitat TransFORMAS. (2012). Justícia, conflicte i educació social. Material docent. Barcelona: UOC.

Cobler, E., Gallardo, Rosa A. G, Lázaro C. y Pérez, J. (2015). Mediación policial. Teoría para la gestión del conflicto. Madrid: Dykinson.

Generalitat de Catalunya. Llei 10/1994, de 11 de juny, de la Policia de la Generalitat «Mossos d’Esquadra». (BOE núm. 192, 12 de agosto de 1994).

Jar, Gonzalo. (1999). El papel de la policía en una sociedad democrática. Reis. 85/99: 199-220.

Magrans, J. (2005). Manual del patruller. 150 protocols pràctics d’actuació policial. Document no publicado.

Martínez, J. (2017). La incorporación de la perspectiva socioeducativa en la acción policial: Un análisis de la situación a la Policía de Catalunya. RES (Revista de Educación Social). Disponible en: enlace

Mossos d’Esquadra. (s.d.). Activitat policial. Generalitat de Catalunya. Disponible en: enlace

Mossos d’Esquadra. (2011). Missió, visió i valors de la PG-ME. Generalitat de Catalunya. Disponible en: enlace

[1] El grupo se creó en verano del 2016. La página web que hace referencia al grupo es: http://www.ceesc.cat/2014-11-03-13-05-23/col-lectius-professionals/483-col-policial