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Habilitación - Galicia



Supuestos

DOCUMENTO BÁSICO PARA LA HABILITACIÓN E INTEGRACIÓN DE PROFESIONALES EN EL COLEGIO DE EDUCADORES SOCIALES DE GALICIA, ELABORADO POR EL CESG


1- INTRODUCCIÓN

Este documento pretende establecer criterios que ayuden a identificar a aquellos y aquellas profesionales que realizaron tareas propias de Educación Social.

Para elaborarlo, partimos de la definición de Educador Social incluida en el Real Decreto 1420/1991 de establecimiento de la titulación universitaria oficial de la Diplomatura de Educación Social y de las condiciones marcadas por la Ley de Creación del Colegio de Educadores Sociales de Galicia.


2- TITULACIÓN REQUERIDA Y TIEMPO DE EXPERIENCIA PROFESIONAL


Todos los estudios que den derecho a estos títulos tienen que haberse iniciado antes del curso 1994/1995. Año de implantación de la Diplomatura en Galicia.


1º Supuesto:

1º. 1 - Estudios específicos: mínimo de tres años (Iniciados antes del curso 94/95).

Escola de Educadores Especializados en Marxinación Social, en el ámbito de Galicia.

En el resto del Estado, los debidamente justificados.

1º. 2 - Tiempo de experiencia:

3 AÑOS, dentro de los 12 anteriores a la entrada en vigor de la Ley.

* ENTRE EL 1-02-1989 y EL 1-02-2001


2º Supuesto:

2º. 1 - Titulación universitaria (Iniciada antes del curso 94/95)

Títulos de Diplomatura o Licenciatura en alguna Universidad española. También se valoran los títulos extranjeros debidamente homologados.

2º. 2 - Tiempo de experiencia.

3 AÑOS, dentro de los 15 anteriores a la entrada en vigor de la Ley.

*ENTRE EL 1-02-1986 y EL 1-02-2001-04-12


3º Supuesto:

3º. 1 - Titulación: no se requiere titulación alguna.

3º. 2 - Tiempo de experiencia.

8 AÑOS, dentro de los 20 anteriores a la entrada en vigor de la Ley.

*ENTRE EL 1-O2-1981 y EL 1-02-2001

Educadores y Educadoras con capacidad profesional práctica que acrediten 8 años de ejercicio o dedicación, plena o parcial, en tareas propias de Educación Social.

Entendemos que se cumple el tiempo necesario si en la documentación acreditativa se refleja una trayectoria profesional continuada como Educador o Educadora Social que supere los 3 ó 8 años respectivos a cada supuesto, aunque hubiera discontinuidad.

Cuando hablamos de Profesionales que realicen tareas propias de Educación Social nos referimos a aquellas y aquellos que reciben remuneración económica por tales tareas.

 

Supuestos de habilitación

CESG

TITULACION REQUERIDA

Estudios iniciados antes del curso 1994/1995

EXPERIENCIA PROFESIONAL
SUPUESTO Estudios exigidos Experiencia Profesional
PRIMERO

Mínimo 3 años
( Justificados )

3 años en 12 anteriores a Ley
(1-02-89 / 1-02-01)

SEGUNDO

Diplomatura o Licenciatura universitaria

3 años en 15 anteriores a Ley
(1-02-86 / 1-02-01)

TERCERO

___

8 años en 20 anteriores a Ley (1-02-81 / 1-02-01)

 


 
 

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