1- RECEPCIÓN SOLICITUDES
1.1.- Las Asociaciones y Colegios Profesionales de cada territorio serán las receptoras de las solicitudes de habilitación.
- Informarán a sus asociados, asociadas y personas interesadas del servicio que prestarán en la recepción y envío de sus solicitudes.
1.2. El Colegio de Educadores Sociales de Galicia, CESG, remitirá a todas las Asociaciones y Colegios Profesionales de cada territorio los documentos necesarios para la habilitación.
Las Asociaciones colaboran en este proceso:
- Revisión de los expedientes para, en esta primera comprobación, verificar que la persona acompaña los documentos requeridos, así como el supuesto al cual se acoge.
Documentos:
Notas:
2-TASAS
2.1. A la Asociación receptora (Supervisión, comprobación, remisión y envío de la solicitud). Importe: Hasta 12 euros, aproximadamente 1.997 ptas.
2.2.- Al CESG.
Cada solicitante deberá abonar al CESG:
- 2 euros (333 ptas) en concepto de inscripción.
- 10 euros (1.664 ptas) en concepto de estudio y revisión de la solicitud de habilitación.
Total de cuota de habilitación: 12 euros (1.997ptas)
Quienes obtengan resolución positiva, es decir, cumplen con los requisitos exigidos por la ley y son, en consecuencia, habilitadas por el CESG deberán abonar, además, 60 euros (9.983 ptas) para hacer efectiva su alta en el Colegio Gallego. Obtienen así su condición de colegiadas o colegiados.
3- PLAZO DE HABILITACIÓN
(El plazo finaliza el 31 de julio de 2002).
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